Adelantaron que se incluirán tanto inversiones directas como indirectas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para inversiones en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50 %.
La normativa, que tiene lugar dentro del Régimen de Regularización de Activos de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Esta misma entrará en vigencia en las próximas horas a través de la Resolución general N° 5549/24 que se publicará en el Boletín Oficial. Según adelantaron desde el organismo, se podrán informar las obras para poder afectar los fondos regularizados, sin tope y sin costo.
La entidad conducida por Florencia Misrahi informó que quienes se encuentran alcanzados dentro de esta resolución son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra.
Desde la AFIP adelantaron que en el registro se incluirán tanto inversiones directas como indirectas para construcción.
Cómo hay que hacer para inscribirse en el REPI
Quienes se inscriban en el registro no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados, simplemente deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto. Esta medida se encuentra en línea con la reciente Comunicación “A” 8090 dictada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Por su parte, los sujetos que opten por alguna de estas inversiones deben proporcionar a la entidad bancaria el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada al proyecto a la cual se realizarán las transferencias de los fondos.