Las modificaciones alcanzan específicamente a cultivadores solidarios y las Organización No Gubernamentales (ONG).
Con el objetivo de fortalecer los controles y la transparencia, el Ministerio de Salud publicó en el Boletín Oficial los cambios en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann).
De esa manera, la resolución explica que se busca fortalecer el sistema de registro y de gobernanza, con mayores requisitos, y regularizar las inscripciones según criterios de criticidad.
Al mismo tiempo, se quiere recuperar el «espíritu inicial del Programa», contenido en la ley 27.350, sobre la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
De esa manera, según el Boletín Oficial, las modificaciones alcanzan específicamente a cultivadores solidarios y las Organización No Gubernamentales (ONG).
Los principales cambios en el Registro
* El registro para cultivadores solidarios se limitó a dos personas.
* Las ONG deberán estar registradas y habilitadas ante el organismo de inscripción y fiscalización que corresponda a cada jurisdicción y notificación al municipio del objeto de la ONG/Asociación civil.
* Se deberá tener como parte de su objeto social el fin sanitario y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, sumado a que los miembros de la comisión directiva de las ONG no deben tener antecedentes penales.
* Se establece como requisito excluyente para solicitar la inscripción en el Reprocann contar con «indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal».
* El Ministerio de Salud informó que se creará un Registro en cada jurisdicción.