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El Gobierno limita el acceso a medicamentos gratuitos del PAMI

  • 2 diciembre, 2024

A partir de diciembre, solo los afiliados que tengan ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos podrán realizar el nuevo trámite para sostener el beneficio.

El PAMI anunció cambios en la entrega de medicamentos gratuitos a jubilados y pensionados, restringida a quienes ganen menos de $388.500 y completen un trámite de inscripción. A partir de diciembre, solo los afiliados de PAMI que tengan ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos podrán realizar el nuevo trámite para sostener el beneficio. Se exceptúan aquellos que tengan que gastar para su tratamiento el 15% o más de sus ingresos.

«Como parte de una gestión planificada y más eficiente, nos vimos en la necesidad de llevar a cabo readecuaciones en las coberturas de medicamentos a lo largo de este año en distintas etapas», informó la institución y anunció la firma de un «nuevo convenio con la industria». En ese marco, presentaron «una nueva readecuación».

Según el comunicado oficial, el PAMI va a «continuar con la cobertura de medicamentos al 100% como lo indica la legislación vigente». «Adicionalmente a todas las coberturas que tenemos, seguiremos garantizando el acceso total de medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten, un procedimiento ágil que fue relanzado durante nuestra gestión y garantiza el acceso a medicamentos para quienes no puedan pagarlos», agrega.

La cobertura del 100% en medicamentos ambulatorios ahora se realizará a través del Subsidio por Razones Sociales, destinado a personas afiliadas que, debido a su situación de vulnerabilidad social, no pueden afrontar el costo de sus medicamentos con descuento. Los afiliados que deseen tramitar este beneficio deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previos mínimos. En los hogares con convivientes que posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
  • No estar afiliado a un sistema de medicina, prepaga de forma simultánea con PAMI.
  • No ser propietario de más de un inmueble, ni poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, salvo los hogares con convivientes que tengan CUD, quienes podrán ser titulares de un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
  • No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Si una afiliación no cumple con los puntos 1 y 2, pero los medicamentos necesarios representan un gasto igual o superior al 15% de sus ingresos, podrá solicitar el 100% de cobertura mediante un mecanismo de excepción.

En este caso, se evaluará la situación a través de:

  • Un informe social según la Disposición 7339/GPSyC/13 y la escalada de vulnerabilidad socio-sanitaria establecida en la Disposición 306/GPSyC/05.
  • Una revalidación médica.
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