Con los votos de Rosatti y Rosenkrantz, el máximo tribunal dispuso que los jueces deberán justificar de forma exhaustiva la prisión preventiva de acusados por delitos de lesa humanidad. Lorenzetti votó en contra. El fallo genera alarma entre organismos de derechos humanos, que advierten que podría liberar a decenas de represores.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en una decisión con fuerte impacto político y judicial, dictó un fallo que exige a los tribunales inferiores una fundamentación rigurosa para mantener la prisión preventiva de imputados por crímenes de lesa humanidad. La medida, impulsada por Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, reaviva el recuerdo del fallo del 2×1 y fue interpretada por diversos sectores como un gesto hacia los grupos que reclaman beneficios para los condenados por delitos de la dictadura.
El fallo se originó a partir del caso de Carlos “Indio” Castillo, exintegrante de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), grupo de ultraderecha que actuó en La Plata y Mar del Plata antes del golpe de Estado de 1976. Castillo fue condenado a prisión perpetua en 2017 por delitos de lesa humanidad, aunque su sentencia aún no cuenta con revisión definitiva de la Corte.
Los jueces establecieron que las prórrogas de prisión preventiva deben basarse en “indicios concretos” sobre la posibilidad de fuga o de entorpecer la investigación, y no solo en la gravedad del delito. Además, señalaron que deben considerarse factores como la edad, la salud física y mental, y las condiciones personales de los imputados.
El texto firmado por Rosatti y Rosenkrantz sostiene que “un Estado de Derecho no puede transgredir las garantías del debido proceso sin degradarse en sí mismo”, y advierte que el interés del Estado en sancionar delitos no puede usarse como pretexto para restringir derechos constitucionales.
El fallo fue acompañado por los conjueces Alejandro Tazza (Cámara Federal de Mar del Plata) y Abel Guillermo Sánchez (Cámara Federal de Córdoba), ante la falta de consenso en el tribunal. El único voto en disidencia fue el de Ricardo Lorenzetti, quien rechazó el planteo de la defensa de Castillo, tal como lo había hecho en 2017 con el polémico beneficio del 2×1 a Luis Muiña, represor del Hospital Posadas.
La decisión encendió alarmas entre organismos de derechos humanos y abogados querellantes, que advierten que el fallo podría habilitar la liberación de numerosos represores sin condena firme. Según datos del Servicio Penitenciario Federal, hay actualmente 36 imputados por delitos de lesa humanidad en prisión preventiva y otros 28 condenados en la Unidad 34 de Campo de Mayo.
Para la abogada Guadalupe Godoy, de la Liga Argentina por los Derechos Humanos, el fallo “establece estándares más restrictivos para extender las preventivas, lo que podría beneficiar a la mayoría de los acusados en causas de lesa humanidad”.
En la misma línea, Myriam Bregman, presidenta del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ceprodh), cuestionó la resolución: “No son exrepresores, porque siguen sin revelar qué hicieron con sus víctimas. Con este fallo, la Corte refuerza la impunidad”.
La resolución también fue celebrada por sectores vinculados al oficialismo, entre ellos Victoria Villarruel y Patricia Bullrich, quienes en distintas oportunidades habían criticado la extensión de las prisiones preventivas.
En el ámbito judicial, el fallo ya es leído como un “2×1 encubierto”, una reinterpretación de la jurisprudencia que podría modificar el rumbo de las causas por delitos de lesa humanidad y reabrir una herida que la sociedad argentina creía cerrada.






