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Reforma laboral: cómo serán las indemnizaciones por despido

  • 26 septiembre, 2024

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado se refirió al futuro del cese de trabajadores luego de la reglamentación de los títulos «Promoción del empleo registrado» y «Modernización laboral» de la Ley Bases.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, se refirió al futuro de las indemnizaciones por despido luego de la reglamentación de los títulos «Promoción del empleo registrado» y «Modernización laboral» de la Ley Bases, parte de la reforma laboral, con flexibilización de condiciones de contratación y alternativas para el cese de trabajadores. «Estamos ante el cambio más importante en las relaciones laborales en años», aseguró.

«El Decreto 847/24, firmado por el presidente Javier Milei, reglamenta el capítulo laboral de la Ley Bases. El capítulo permite un blanqueo laboral, elimina la presunción de relación de dependencia en la contratación de servicios, implementa una simplificación en el registro laboral, flexibiliza las licencias por maternidad, elimina las multas en los juicios por indemnización, permite la contratación de trabajadores independientes, impone una cláusula antibloqueo y permite el diseño de sistemas de cese. Estamos ante el cambio más importante en las relaciones laborales en años», escribió en su cuenta de X (ex-Twitter).

El funcionario remarcó que «las multas por registraciones laborales defectuosas hasta triplicaban los costos de una indemnización por despido, fue impuesto con la mejor intención en 1992 con la idea de que castigar la mala registración obligaría a formalizar el empleo».

«Treinta años después es claro que no funcionó. La posible aplicación de multas aumentaron mucho el riesgo laboral y el cobro de una posible multa operaba para el trabajador como un incentivo a la mala registración. El resultado: 50% de los trabajadores en la informalidad. La eliminación de las multas busca desandar esta política, bien intencionada, pero que no funcionó», definió.

Luego, explicó que «el articulo 97 de la Ley Bases autoriza la contratación de hasta tres trabajadores independientes sin riesgo de que la misma sea considerada una relación laboral». «Esto debería ayudar a formalizar a pequeños empresarios. Se reglamenta que esto se implemente en el marco jurídico del monotributo», subrayó.

Sturzenegger planteó que «el artículo 94 de la Ley Bases define como justa causa de despido al bloqueo (total o parcial), y no solo cuando afecta a los trabajadores que no quieran participar de las acciones de fuerza, sino que también cuando afecta a proveedores y clientes». «Las acciones de protesta laboral, en particular el uso del derecho de huelga, están protegidos, pero esta ley protege al que quiere trabajar», enfatizó.

La cuestión de las indemnizaciones por despido fue una de las que causó más revuelo. La norma elimina las actuales indemnizaciones y establece tres formatos, que se negociarán en cada convenio colectivo de trabajo: cancelación individual (pago directo del empleador al trabajador como sucede hoy), Fondo de Cese individual o colectivo (aportes mensuales acumulativos, con porcentaje y montos a acordar previamente) y Seguro individual o colectivo (con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación).

«El sistema de cese permite un rediseño completo de la relación laboral porque permite repensar las condiciones de indemnización que son el centro de la industria del juicio y la incertidumbre laboral. Lo interesante es que lo que hace el Articulo 96 de la Ley Bases es dar libertad a las partes de un convenio colectivo para definir su propio régimen. Esto puede ser simplemente definir con mayor precisión las situaciones de despido, armar fondos individuales o colectivos, o contratar seguros para hacer frente a la contingencias«, explicó.

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