La Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca responsabilizó al condenado Eduardo Fermín Eliçabe y al dueño de la empresa de seguridad para la que trabajaba. El resarcimiento asciende a $21.060.000 más intereses, aunque la familia anticipó que recurrirá a la Suprema Corte bonaerense para que se analice también la actuación del Estado provincial.
Más de 28 años después del asesinato de Irina Laura Montoya y María Dolores Sánchez, el caso que quedó grabado en la memoria colectiva como el crimen de las mochileras sumó un nuevo capítulo judicial. Esta vez, la resolución llegó desde el fuero civil y estableció una reparación económica para la familia de una de las víctimas.
La Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca confirmó parcialmente una sentencia que atribuyó responsabilidad a Eduardo Fermín Eliçabe, condenado en la causa penal, y a Leónidas Hugo Soria, excomisario y propietario de la firma de seguridad en la que trabajaba.
Si la decisión queda firme, deberán pagar $21.060.000 más intereses a los familiares de Irina. Sin embargo, para sus padres el dinero nunca fue el eje central del reclamo.
“No nos interesa el dinero, lo que nos interesaba es que él esté en la cárcel”, expresó Mari, madre de la joven, al referirse al fallo.
El viaje que terminó en un doble asesinato
En febrero de 1998, Irina, de 24 años, y María Dolores, de 18, habían salido desde Chañar Ladeado, Santa Fe, rumbo a la Patagonia. Parte del trayecto lo realizaban a dedo y, durante el viaje, subieron al vehículo conducido por Eliçabe.
Las jóvenes fueron posteriormente atacadas sexualmente y asesinadas a balazos en la zona de la ruta nacional 33, cerca de García del Río, a menos de 40 kilómetros de Bahía Blanca.
La actividad laboral que Eliçabe desarrollaba en aquel momento adquirió especial relevancia en el expediente civil. Se desempeñaba como custodio de cargas para la firma de Soria y, según la interpretación de los camaristas Marcelo Restivo, Patricio Lombardi y Fernando Kalemkerian, esa función estuvo vinculada con las circunstancias que le permitieron encontrarse con las víctimas.
Los jueces consideraron además que su condición de trabajador de seguridad pudo haber influido para que las jóvenes confiaran en él y aceptaran continuar el viaje en su vehículo.
Condenado a perpetua, pero en libertad desde 2010
Por el doble crimen, Eliçabe recibió reclusión perpetua por tiempo indeterminado tras ser declarado culpable de homicidio doblemente agravado por alevosía y por haber sido cometido para ocultar otro delito.
Pese a la pena impuesta, recuperó la libertad a fines de 2010. Había permanecido alrededor de 13 años detenido y accedió al beneficio del denominado “2×1”, contemplado por la legislación vigente durante parte de su encarcelamiento.
Ese desenlace continúa siendo uno de los principales cuestionamientos de la familia Montoya. La madre de Irina sostuvo que la liberación dejó una sensación de falta de Justicia frente a la magnitud del crimen y las consecuencias que provocó en sus vidas.
La sentencia civil también tomó en consideración el daño moral y las secuelas psicológicas sufridas por los padres de la joven, además del impacto que la pérdida tuvo sobre distintos aspectos de su vida familiar y laboral.
Reclamarán que se investigue la responsabilidad de la Provincia
El fallo de Cámara no cerrará el expediente. Alejandro Vecchi, abogado de la familia, confirmó que presentará un recurso ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense para insistir con otro punto incluido en la demanda: la eventual responsabilidad del Estado provincial.
El planteo sostiene que la Provincia tenía obligaciones de fiscalización sobre la empresa de seguridad de Soria. Según explicó el letrado, cuando ocurrieron los asesinatos existía un trámite administrativo relacionado con la inhabilitación de la firma.
La discusión apunta, entre otras cuestiones, a determinar si se realizaron correctamente los controles sobre la habilitación de la agencia, los antecedentes de Eliçabe y las condiciones en las que podía portar armas.
La familia también cuestiona la demora de la Justicia para resolver el reclamo civil. La sentencia penal contra Eliçabe quedó firme en 2006, mientras que la definición sobre el resarcimiento económico llegó veinte años después.
Para los padres de Irina, la continuidad del proceso persigue un objetivo que excede cualquier indemnización: establecer si hubo otras responsabilidades que pudieron contribuir a las condiciones en las que se produjo uno de los crímenes que más conmocionaron al país a fines de los años 90.






